Deuteronomio-24

(La Biblia de las Americas)

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  • 1 Cuando alguno toma una mujer y se casa con ella, si sucede que no le es agradable porque ha encontrado algo reprochable en ella, y le escribe certificado de divorcio, lo pone en su mano y la despide de su casa,
  • 2 y ella sale de su casa y llega a ser mujer de otro hombre;
  • 3 si el segundo marido la aborrece y le escribe certificado de divorcio, lo pone en su mano y la despide de su casa, o si muere este último marido que la tomó para ser su mujer,
  • 4 al primer marido que la despidió no le es permitido tomarla nuevamente como mujer, porque ha sido menospreciada; pues eso es abominación ante el SEÑOR. No traerás pecado sobre la tierra que el SEÑOR tu Dios te da por heredad.
  • 5 Cuando un hombre es recién casado, no saldrá con el ejército, ni se le impondrá ningún deber; quedará libre en su casa por un año para hacer feliz a la mujer que ha tomado.
  • 6 Ninguno tomará en prenda el molino de mano ni la muela del molino, porque sería tomar en prenda la vida del hombre.
  • 7 Si se encuentra a un hombre que haya secuestrado a alguno de sus hermanos de los hijos de Israel, y lo haya tratado con violencia, o lo haya vendido, entonces ese ladrón morirá; así quitarás el mal de en medio de ti.
  • 8 Cuídate de una infección de lepra, para que observes diligentemente y hagas conforme a todo lo que los sacerdotes levitas os enseñen; como les he ordenado, así cuidaréis de hacer.
  • 9 Recuerda lo que el SEÑOR tu Dios hizo a Miriam en el camino, cuando salíais de Egipto.
  • 10 Cuando prestes cualquier cosa a tu prójimo, no entrarás en su casa para tomar su prenda;
  • 11 te quedarás afuera, y el hombre a quien hiciste el préstamo te traerá la prenda.
  • 12 Y si es un hombre pobre, no te acostarás reteniendo aún su prenda;
  • 13 sin falta le devolverás la prenda al ponerse el sol, para que se acueste con su ropa, y te bendiga; y te será justicia delante del SEÑOR tu Dios.
  • 14 No oprimirás al jornalero pobre y necesitado, ya sea uno de tus conciudadanos o uno de los extranjeros que habita en tu tierra y en tus ciudades.
  • 15 En su día le darás su jornal antes de la puesta del sol, porque es pobre y ha puesto su corazón en él; para que él no clame contra ti al SEÑOR, y llegue a ser pecado en ti.
  • 16 Los padres no morirán por sus hijos, ni los hijos morirán por sus padres; cada uno morirá por su propio pecado.
  • 17 No pervertirás la justicia debida al forastero ni al huérfano, ni tomarás en prenda la ropa de la viuda,
  • 18 sino que recordarás que fuiste esclavo en Egipto y que el SEÑOR tu Dios te rescató de allí; por tanto, yo te mando que hagas esto.
  • 19 Cuando siegues tu mies en tu campo y olvides alguna gavilla en el campo, no regresarás a recogerla; será para el forastero, para el huérfano y para la viuda, para que el SEÑOR tu Dios te bendiga en toda obra de tus manos.
  • 20 Cuando sacudas tus olivos, no recorrerás las ramas que hayas dejado tras de ti, serán para el forastero, para el huérfano y para la viuda.
  • 21 Cuando vendimies tu viña, no la repasarás; será para el forastero, para el huérfano y para la viuda.
  • 22 Recordarás que tú fuiste esclavo en la tierra de Egipto; por tanto, yo te mando que hagas esto.
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